La decisión de Acreditación

La decisión de acreditación

El proceso conduce a uno de los siguientes resultados. La carrera:

  1. Acredita
  2. No Acredita

La carrera acredita y esta acreditación será por el total del período de 7 años:

La carrera demuestra que cumple con los criterios de evaluación de Acredita CI. La carrera contempla en su diseño los atributos del graduado, los que están incorporados a través de su perfil de egreso. Cuenta con mecanismos de mejora continua para el logro de la formación comprometida habiendo evidencia de que las políticas y mecanismos se conocen y se aplican de manera sistemática mostrando resultados que se revisan periódicamente.

La carrera acredita pero presenta algunas debilidades en calidad NO Cumple – En Desarrollo:

Se visitará la carrera en tres años. En este caso cumple con los criterios de evaluación de Acredita CI, pudiendo presentar algunos criterios con debilidades en la categoría “no cumple-en desarrollo”. La carrera contempla en su diseño los atributos del graduado, los que están incorporados a través de su perfil de egreso. Hay evidencia de que los resultados de aprendizaje se logran. Sin embargo, la evidencia es reciente, faltando verificar su permanencia en el tiempo.

Cuando se debe visitar a los 3 años porque tiene algunos criterios en calidad No Cumple – En Desarrollo:

  1. Previo al vencimiento del plazo otorgado en la acreditación de 3 años, el proceso contempla, por definición, que la carrera presente un informe a la Agencia con evidencia sustantiva de que se han superado las debilidades detectadas. El informe se presentará en el plazo de seis meses previo a la fecha de vencimiento indicada.
  2. En el Informe, la carrera también deberá presentar evidencia de que aquellos criterios que se consideraron cumplidos en la evaluación original, se mantienen y proyectan continuar en ese nivel de cumplimiento.
  3. De la revisión de este informe, el Consejo del Área de Tecnología determinará si es necesario visitar el programa en terreno para verificar el avance o la evidencia presentada en el Informe es suficiente para decidir, basándose en la revisión documental.
  4. En cualquiera de estos casos y verificándose el avance en la superación de las debilidades y que la totalidad de los criterios se cumplen, se extenderá la acreditación de la carrera en 4 años.
  5. En caso de que se verifique que no se han superado las debilidades, no se extenderá la acreditación a la carrera perdiendo su condición de acreditada y podrá presentarse nuevamente al proceso en dos años a partir de esa fecha.
  6. En caso de que se verifique que se han superado las debilidades, pero hay evidencia de que alguno de los criterios que se cumplió en el proceso original ha perdido esa condición, Acredita CI otorgará a la carrera dos años adicionales para presentar evidencia de que todos los criterios se cumplen a cabalidad. Cumplido el plazo, Acredita CI solicitará esa evidencia explícita a la carrera sobre aquellos elementos que debían resolverse que demuestren que la debilidad se ha superado, caso en que la acreditación se mantendrá. En caso contrario y de encontrarse evidencia de que no es así, la carrera perderá la acreditación.
  7. Si la carrera no presenta el Informe antes de los seis meses indicados en el punto a. precedente o simplemente no lo presenta aún a requerimiento de la Agencia, pierde su condición de acreditada.

La carrera no acredita

La carrera no acredita cuando tiene uno o más criterios de evaluación con debilidades en la categoría “No Cumple – Inexistente”, porque presenta defectos en su diseño, no contempla los atributos del egresado o no cuenta con políticas o mecanismos formales ni sistemáticos en su proceso formativo, o solo existen declaraciones, pero sin evidencia de su aplicación.

Ver Manual de Normas y Procedimientos, punto 7.8.5., para mayores antecedentes.